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Malas prácticas en los delitos de odio

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Como intentar segar el trigo con un rastrillo. Así de inoperante está siendo la Fiscalía de Odio en la protección de las víctimas frente a los agresores. Lo expresaba la propia institución en su memoria del año 2024: hay que reformar el Código Penal para que los tribunales puedan imponer prohibiciones de aproximación y comunicación a los reos de delitos de odio. Literalmente, «sería absolutamente necesaria la inclusión del art. 510.2 a) CP dentro del catálogo de delitos establecidos en el art. 57 CP que permiten aplicar dichas prohibiciones». Y en efecto, por tal razón, el Proyecto de Ley Orgánica para la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales, incluye esta reforma (Disposición final tercera, nº... Ver Más